
Las personas cuyo número celular termina en 0 y no realizaron el registro antes del 15 de agosto de 2026 pueden comenzar a enfrentar la suspensión temporal de llamadas, mensajes y datos móviles. La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) estableció que los operadores cuentan con un periodo de hasta 72 horas después del vencimiento para iniciar la suspensión de las líneas no vinculadas con un titular.
La medida forma parte del nuevo esquema que busca asociar cada línea móvil activa en México con los datos de una persona identificada, con el objetivo de reducir el uso anónimo de números telefónicos.
¿Cómo reactivar una línea suspendida?
La suspensión no significa que el usuario pierda definitivamente su número. Si la línea fue bloqueada por falta de registro, todavía puede realizarse la vinculación y recuperar el servicio sin contratar una nueva línea.
El procedimiento debe realizarse a través de los canales habilitados por cada operador: plataforma digital, aplicación, sitio web o centro de atención a clientes. Para el trámite será necesario validar la identidad mediante una identificación oficial vigente que incluya la CURP, según las disposiciones citadas por la CRT.
Una vez concluido correctamente el registro, la compañía telefónica deberá restablecer los servicios correspondientes.
¿Qué servicios funcionan aunque el número esté suspendido?
Mientras la línea permanezca suspendida, el usuario no podrá utilizar normalmente llamadas, mensajes o internet móvil. Sin embargo, la regulación contempla que el teléfono conserve la posibilidad de comunicarse con números de emergencia y servicios de atención ciudadana.
El proceso está diseñado para permitir que las líneas sean regularizadas incluso después de que haya vencido su fecha límite.
Calendario para registrar celulares durante 2026
La CRT estableció fechas escalonadas de acuerdo con el último dígito del número telefónico. Los plazos son: 0, 15 de agosto; 1, 31 de agosto; 2, 15 de septiembre; 3, 30 de septiembre; 4, 15 de octubre; 5, 31 de octubre; 6, 15 de noviembre; 7, 30 de noviembre; 8, 15 de diciembre, y 9, 31 de diciembre de 2026.
Por ello, el siguiente grupo que deberá completar el procedimiento corresponde a los números terminados en 1, cuyo plazo concluye el 31 de agosto. Las compañías deberán informar a sus usuarios cuando se acerque la fecha límite y avisar sobre una posible suspensión posterior.












