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Proponen incluir el borrado de pruebas de violencia entre las razones de género del feminicidio

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La diputada Ivonne Ortega Pacheco, coordinadora de Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa para incorporar el ocultamiento o destrucción de pruebas de violencia previa entre las circunstancias que permiten identificar razones de género en un feminicidio. La propuesta, difundida el 21 de septiembre, modificaría el artículo 325 del Código Penal Federal.

La iniciativa pone el foco en los antecedentes

El planteamiento abarca esconder, destruir, alterar o eliminar elementos que documenten agresiones anteriores contra la víctima. Entre los materiales mencionados se encuentran mensajes, fotografías, expedientes médicos, objetos, documentos y comunicaciones que permitan reconstruir ese contexto.

La legisladora sostiene que su desaparición puede dificultar la identificación de los antecedentes de violencia. Su propuesta busca que esa conducta se considere expresamente al analizar las razones de género, sin crear un delito independiente ni establecer una nueva pena para el feminicidio.

La iniciativa no modifica por sí misma el Código Penal. Para incorporarse a la legislación, requiere completar el procedimiento y recibir las aprobaciones correspondientes; el comunicado no informa que ese proceso haya concluido.

Qué establece actualmente el artículo 325

El Código Penal Federal define el feminicidio como la privación de la vida de una mujer por razones de género. La disposición vigente ya incluye antecedentes de violencia familiar, laboral, comunitaria, política o escolar del sujeto activo contra la víctima.

También contempla, entre otras circunstancias, signos de violencia sexual, lesiones o mutilaciones, amenazas relacionadas con el hecho, aislamiento previo y exposición del cuerpo en un lugar público. Las relaciones sentimentales, afectivas o de confianza forman parte de los supuestos previstos.

La pena federal establecida es de 40 a 60 años de prisión y de 500 a mil días multa. Puede incrementarse hasta en una tercera parte en determinadas circunstancias, entre ellas cuando la víctima sea menor de edad, esté embarazada, sea adulta mayor o tenga alguna discapacidad.

El cambio propuesto se refiere a la identificación del contexto

La diferencia planteada por Ortega consiste en añadir de manera explícita la eliminación de evidencia sobre violencia anterior. Las conductas que reconoce el artículo no desaparecerían por incorporar un supuesto adicional.

Reconstruir los antecedentes permite examinar la relación entre la agresión y las circunstancias de la víctima. La propuesta dirige la atención legislativa hacia los elementos que pueden faltar porque alguien los ocultó o destruyó, además de aquellos que permanecen disponibles.

Identificar las razones de género y la responsabilidad penal requiere examinar los hechos y las pruebas dentro del proceso. La eliminación de un mensaje no demuestra automáticamente un feminicidio.

El Congreso aún deberá definir el texto y su vigencia.

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