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CDMX aplicará multas a scooters y motos eléctricas sin placas; sanciones llegarán hasta 2,350 pesos

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La Ciudad de México prepara nuevas reglas para la movilidad eléctrica y, a partir de septiembre de 2026, comenzará la aplicación gradual de sanciones para scooters, monopatines y motocicletas eléctricas que circulen sin placas o incumplan la regulación. Las multas podrán alcanzar hasta 2,350 pesos, dependiendo de la gravedad y reincidencia de la falta.

La medida busca ordenar el crecimiento acelerado de este tipo de transporte, cuyo uso aumentó significativamente durante los últimos años, generando vacíos regulatorios en vialidades, ciclovías y banquetas.

Qué vehículos eléctricos deberán emplacarse en CDMX

Las nuevas disposiciones aplicarán principalmente para vehículos eléctricos de movilidad personal y motocicletas eléctricas que superen los 25 km/h y cuenten con motores de entre 250 watts y 1.34 caballos de fuerza. Estos deberán portar placas y licencia obligatoria para circular.

Las autoridades dividieron las unidades en dos categorías:

  • Tipo A: vehículos menores a 35 kilogramos.
  • Tipo B: unidades entre 35 y 350 kilogramos.

Las bicicletas eléctricas con motores limitados a 250 watts quedarán exentas del emplacamiento, aunque deberán portar un distintivo u holograma de movilidad.

A partir del 1 de julio de 2026, los vehículos nuevos deberán salir emplacados desde el punto de venta, mientras que quienes ya poseen estas unidades tendrán plazo hasta el 20 de noviembre para regularizarse.

Multas irán de 1,175 a 2,350 pesos

Las sanciones económicas estarán ligadas a la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y podrán aumentar conforme exista reincidencia.

El esquema considerado contempla:

  • Primeras infracciones: 10 UMA, equivalente a aproximadamente 1,175 pesos.
  • Tercera y cuarta falta: 15 UMA, cerca de 1,762 pesos.
  • Cinco o más infracciones: 20 UMA, equivalente a 2,350 pesos.

Además del tema de placas, también podrían sancionarse conductas como circular sin casco, invadir espacios no autorizados o incumplir reglas de seguridad vial.

“Queremos una ciudad que vaya encaminada a tener orden en la movilidad”, señalaron autoridades capitalinas al presentar la regulación.

Habrá restricciones en ciclovías, banquetas y vías rápidas

La regulación también redefine dónde podrán circular estos vehículos eléctricos.

Quedará prohibido transitar por:

  • Banquetas.
  • Ciclovías.
  • Carriles confinados para transporte público.
  • Carriles centrales y vías rápidas donde la velocidad máxima supere los 50 km/h.

El uso de casco tipo motociclista será obligatorio y no se permitirá conducir bajo efectos del alcohol. Asimismo, algunos conductores deberán tramitar licencia A1 o A2, similares a las requeridas para motocicletas convencionales.

Movilidad eléctrica entra a nueva etapa regulatoria

La expansión de scooters y motos eléctricas transformó la movilidad urbana en la capital; sin embargo, la falta de registro y control generó problemas de convivencia vial y seguridad.

Con estas nuevas medidas, la CDMX busca integrar estos vehículos dentro del marco formal de tránsito y movilidad, estableciendo obligaciones similares a las motocicletas tradicionales.

Las autoridades iniciarán con etapas informativas y de orientación antes de aplicar plenamente las multas, pero desde septiembre comenzará la vigilancia sobre unidades que operen fuera de la norma.

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