INE permitirá que candidatos a juzgadores renten vehículos con cargo a gasto de campaña

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INE permitirá que candidatos a juzgadores renten vehículos con cargo a gasto de campaña
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El instituto permitió que durante las campañas electorales, los candidatos podrán realizar erogaciones por concepto de gastos de propaganda impresa, producción o edición de imágenes, spots o promocionales para redes sociales.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que los candidatos a ministros, jueces y magistrados podrán rentar vehículos y gasolina que ocupen durante sus giras, y sumarlo a su gasto de campaña.

Gabriela Vázquez Martínez, candidata a magistrada en materia mixta en el estado de Quintana Roo, hizo al INE una consulta sobre si es posible utilizar un vehículo rentado, pagado con sus propios recursos para sus traslados durante la campaña y cómo reportar dicho gasto en el Mecanismo Electrónico para la Fiscalización de Personas Candidatas a Juzgadoras.

INE permitirá que candidatos a juzgadores renten vehículos con cargo a gasto de campaña

“Después de un análisis normativo correspondiente se concluye que sí es permitido el arrendamiento de vehículos, aunque este concepto no se encuentra expresamente señalado en los lineamientos, sin embargo, se entiende como parte de los gastos personales de traslados previstos tanto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales como en los lineamientos aprobados para esta elección por este Consejo General”, expuso la consejera Carla Humphrey.

Indicó que el gasto por renta de vehículo se contabilizará al candidato o candidata dentro del total de gastos personales de campaña y deberá ser debidamente reportado en el mecanismo electrónico de fiscalización bajo el rubro de transportación terrestre, acompañado de documentación como estado de cuenta o movimientos bancarios, comprobante fiscal digital, comprobante de pago o transferencias, ticket o documento equivalente.

Cabe destacar que el INE permitió que durante las campañas electorales, las personas candidatas a juzgadoras podrán realizar erogaciones por concepto de gastos de propaganda impresa, producción o edición de imágenes, spots o promocionales para redes sociales, cursos de “media training” o entrenamiento de medios, producción o capacitación para la elaboración de contenido en redes sociales y cualquier otro destinado a la campaña judicial, pasajes terrestres, aéreos o combustible para sus traslados; así como los relativos a hospedaje y alimentos, dentro del ámbito territorial que corresponda a su candidatura.

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