Veda electoral, ¿cómo funciona?

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De acuerdo con el INE la veda electoral es un periodo de reflexión cuyo objetivo es generar condiciones para que la ciudadanía analice el sentido de su voto en libertad, sin presiones ni mensajes de último momento.

Las campañas electorales en México, que iniciaron el 1 de marzo, llegan a su fin este miércoles y, a primera hora del 30 de mayo, comienza la veda electoral, prevista en el artículo 251 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Según el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), las candidaturas, partidos políticos, simpatizantes y servidores públicos deben abstenerse de externar cualquier manifestación ante la ciudadanía para promover a candidatos que contienden por cargos de elección popular.

Este lapso, también conocido como «silencio electoral», comprende desde los tres días previos a la jornada electoral, es decir, desde las 0:00 horas, 02 a.m ET, del 30 de mayo, hasta el cierre de las casillas, el 2 de junio a las 6 p.m. hora local, 8 p.m ET.

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¿QUÉ PASA SI NO SE CUMPLE LA VEDA ELECTORAL?

En caso de violarse el INE, dependiendo de cómo se cometa la violación para, primero, ordenar que no se difunda más la información, y después, se llevarían a cabo procesos sancionadores, que pueden llevar a multas considerables tanto para los partidos políticos como para los candidatos.

En estas elecciones casi 99 millones de mexicanos están convocados a las urnas el próximo 2 de junio, en las que están en juego 20.708 cargos públicos, incluidos la presidencia de la República, 128 senadores y 500 diputados.

¿QUÉ ESTÁ PROHIBIDO?
  1. Actos de campaña y proselitismo electoral.
  2. Cualquier tipo de propaganda electoral.
  3. Todo tipo de propaganda gubernamental con excepción de: campañas de servicios educativos, de salud o protección civil.
  4. Difusión o publicación de resultados de encuestas.
  5. Sondeos de opinión sobre preferencias electorales.

La Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que aquellos que no respeten el periodo de reflexión estarán sujetos a las penas establecidas en la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

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