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SCJN cambia vía para pedir indemnización por actuaciones irregulares del Ministerio Público

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció un nuevo criterio obligatorio para las personas que busquen reclamar una indemnización por daños derivados de una actuación irregular del Ministerio Público.

A partir de esta jurisprudencia, este tipo de demandas ya no deberán presentarse en la vía civil, sino mediante el procedimiento de responsabilidad patrimonial del Estado ante la jurisdicción administrativa.

Corte define nueva ruta para reclamar daños

El asunto llegó al máximo tribunal a partir de una demanda presentada por una persona que afirmó haber sufrido daños debido a la integración indebida de una investigación penal y al ejercicio de acción penal en su contra.

Inicialmente, la persona afectada acudió a la vía civil para exigir reparación. Sin embargo, la Corte concluyó que este tipo de reclamaciones derivan del ejercicio de una función pública, por lo que deben resolverse bajo reglas administrativas.

Ministerio Público realiza una función del Estado

La SCJN explicó que la investigación y persecución de delitos forman parte de una función administrativa del Estado.

Por ello, cuando una persona considere que una actuación irregular de una fiscalía o procuraduría le causó un daño, deberá acudir al régimen de responsabilidad patrimonial, diseñado para atender afectaciones provocadas por autoridades públicas.

No se elimina el derecho a pedir reparación

El nuevo criterio no impide que las personas reclamen una compensación económica por daños sufridos.

Lo que cambia es la vía legal: en lugar de acudir directamente ante jueces civiles, las personas deberán seguir el procedimiento administrativo correspondiente y acreditar que existió una actividad irregular, un daño real y una relación entre ambos.

Jurisprudencia será obligatoria para tribunales

La tesis fue publicada el 3 de julio de 2026 en el Semanario Judicial de la Federación y su aplicación será obligatoria para los órganos jurisdiccionales a partir del 6 de julio de 2026.

Con esta decisión, la Corte modifica una práctica que durante años permitió plantear reclamaciones por actuaciones ministeriales ante tribunales civiles.

Nuevo escenario para víctimas y litigantes

El criterio representa un cambio relevante para litigantes, víctimas y personas afectadas por investigaciones penales presuntamente irregulares.

Ahora, quienes busquen reparación deberán ajustar su estrategia legal a los requisitos de la vía administrativa, donde será necesario probar que el daño no tenía obligación jurídica de soportarse.

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