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SCJN avala fotomultas en CDMX: propietarios deberán responder por las sanciones de sus vehículos

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las personas propietarias de vehículos en Ciudad de México pueden ser consideradas responsables solidarias del pago de infracciones captadas mediante sistemas tecnológicos, incluso cuando otra persona estuviera conduciendo el automóvil.

La resolución mantiene vigente el esquema que permite vincular la sanción económica con el propietario del vehículo cuando una cámara registra conductas como exceso de velocidad, invasión de carriles confinados u otras infracciones previstas en el Reglamento de Tránsito.

Propietario y conductor pueden ser personas distintas

Durante la discusión, la ministra Sara Irene Herrerías sostuvo que la responsabilidad solidaria permite que quien cometió materialmente la infracción y quien responde por su consecuencia económica sean personas diferentes.

El asunto llegó a la Corte a partir del caso de un ciudadano que acumuló 13 infracciones y argumentó que no debía ser sancionado por conductas realizadas por otra persona que utilizaba su vehículo.

La mayoría del Pleno rechazó invalidar las disposiciones cuestionadas y sostuvo la posibilidad de exigir el pago al propietario.

La Corte analizó el problema de identificar al conductor

Uno de los puntos centrales de la discusión fue que los sistemas de fotodetección registran principalmente la conducta infractora, el vehículo y su matrícula, pero no necesariamente permiten identificar con certeza a la persona que conducía en ese momento.

La ministra María Estela Ríos cuestionó que la responsabilidad pudiera atribuirse automáticamente al dueño exclusivamente por ser propietario del automóvil, mientras que el proyecto presentado por el ministro Giovanni Figueroa Mejía planteaba conceder el amparo al ciudadano.

El debate se centró en la diferencia entre la responsabilidad del conductor y la del propietario cuando una infracción es detectada mediante sistemas automatizados.

Las fotomultas todavía pueden impugnarse

La decisión no elimina la posibilidad de controvertir una infracción.

Durante la sesión se señaló que el propietario puede acudir a un juicio de nulidad para cuestionar la sanción, presentar pruebas de que no conducía el automóvil e incluso controvertir aspectos relacionados con la calibración o funcionamiento del equipo utilizado para detectar la infracción.

La ministra Lenia Batres explicó que este procedimiento puede permitir la anulación de la multa cuando el propietario logre desvirtuar los hechos atribuidos.

Cámaras seguirán siendo utilizadas para detectar infracciones

El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz defendió el uso de sistemas tecnológicos para registrar infracciones de tránsito, al considerar que permiten documentar conductas como exceder los límites de velocidad, invadir espacios restringidos o detener vehículos en zonas destinadas a peatones.

También señaló que el uso de cámaras puede reducir la interacción directa entre agentes y conductores y, con ello, disminuir espacios para posibles actos de corrupción.

La resolución significa que los propietarios de vehículos en CDMX deberán mantener especial atención sobre las infracciones asociadas a sus placas, incluso cuando presten o permitan que otra persona utilice el automóvil.

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