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Nuevos impuestos 2026 en México

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Nuevos impuestos 2026 en México
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Con el voto mayoritario de Morena, del PT y del Partido Verde, la Cámara de Diputados aprobó ayer la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) de 2026, que avala el aumento y la creación de nuevos impuestos, que aportarán 761 mil 318 millones de pesos al fisco.

Destacan los aumentos de la cuota de IEPS a los refrescos de 1.64 a 3.08 pesos por litro, que representa una alza de 87 por ciento. También se amplía el alcance del gravamen a bebidas con edulcorantes naturales o artificiales, no calóricas, como las versiones light, cero o dietéticas, que anteriormente no estaban gravadas.

Los legisladores de Morena, PT y Partido Verde llegaron a un acuerdo de último momento con los representantes de la industria refresquera para modificar el dictamen y cobrar un gravamen diferenciado de IEPS de 1.5 pesos por litro a los refrescos light o sin azúcar, en lugar de 3.08 pesos por litro, como se había aprobado en la Comisión de Hacienda.

Por su parte, los diputados del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano votaron en contra de la Iniciativa de Ley, ya que consideraron que solo se trata de medidas recaudatorias, disfrazadas de impuestos saludables, que golpearán el bolsillo de los mexicanos.

El diputado Héctor Saúl Téllez, vicecoordinador de asuntos económicos del PAN, afirmó que los aumentos y nuevos impuestos en refrescos reportarán al fisco ingresos por 75 mil 290 pesos en 2025, un aumento de 73.8 por ciento, respecto del presente año.

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¿Cuáles son los cambios al IEPS que afectan a los refrescos?

El dictamen aprobado por la Cámara de Diputados establece un ajuste significativo al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) para las bebidas saborizadas:

  • De $1.6451 por litro en 2025 a $3.0818 por litro a partir de 2026. Esta cuota se aplicará a bebidas con azúcares añadidos.
  • La Secretaría de Salud informó que aquellas bebidas con edulcorantes no calóricos pasarán de 0 a 1.5 pesos por litro
  • Se incorpora también una nueva fracción en la ley para definir qué se considera un edulcorante, asegurando que las fórmulas “sin azúcar” pero con edulcorantes artificiales también estén sujetas a este impuesto.

Este ajuste tiene un propósito claro: desincentivar el consumo de bebidas con alto contenido calórico o dulce, y propiciar el cambio hacia opciones más saludables.

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¿Qué otros cambios y nuevos impuestos se aprobaron para 2026?

La reforma eleva significativamente la carga fiscal a productos de tabaco. En el caso de los cigarros, la tasa general sube del 160% al 200%, mientras que para puros y otros tabacos hechos a mano la tasa crece de 30.4% a 32%. Además, se establece una cuota específica creciente por cigarro enajenado o importado, que pasará gradualmente de $0.6445 (2025) a $1.1584 en 2030.

Este ajuste busca disminuir la asequibilidad del producto como estrategia para reducir la prevalencia de consumo, especialmente entre jóvenes. Se incluye también una cuota para otros productos con nicotina, ya sea natural o artificial, que también estarán gravados al 200%.

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IEPS a juegos con apuestas y sorteos

Otro sector impactado por las reformas es el de los juegos con apuestas y sorteos, tanto físicos como digitales. La tasa aplicable pasa del 30% al 50%, abarcando también las apuestas realizadas a través de plataformas digitales o extranjeras sin domicilio fiscal en México.

Se establece que si estas plataformas no cumplen con sus obligaciones fiscales —como retenciones, declaraciones o información al SAT—, se podrá aplicar el bloqueo temporal de sus servicios digitales. Esta medida busca cerrar brechas de recaudación en una industria en crecimiento.

¿Qué videojuegos serán gravados con el IEPS en 2026?

La reforma también incorpora una nueva categoría fiscal para los videojuegos con contenido violento, extremo o para adultos. Se establece una tasa del 8% del IEPS sobre la enajenación de este tipo de videojuegos en formato físico o digital, incluyendo aquellos distribuidos por residentes en el extranjero.

Esto aplica tanto a la venta directa como a las membresías, suscripciones o contenido adicional descargable (DLC). El objetivo es regular el acceso de menores a estos contenidos, pero también busca integrar al régimen fiscal a las empresas tecnológicas extranjeras que operan en el país.

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¿Qué pasa con las bebidas tipo suero o electrolitos?

Uno de los puntos más controversiales en la discusión legislativa fue el tratamiento fiscal de las bebidas tipo electrolito. Hasta ahora, muchas de ellas estaban clasificadas como medicamentos, lo cual las exentaba del pago del IEPS y del IVA. No obstante, el dictamen aclara que:

  • Solo estarán exentos los sueros orales que contengan exclusivamente glucosa anhidra, cloruro de sodio, cloruro de potasio y citrato trisódico.
  • Las bebidas comerciales con altos niveles de azúcar o edulcorantes añadidos, aunque tengan fines de hidratación, no podrán seguir disfrazándose de medicamentos.

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