
La mañana del miércoles 2 de julio de 2025, desde su habitual conferencia matutina en Palacio Nacional, la presidenta Claudia Sheinbaum reapareció en los reflectores, esta vez para desmentir categóricamente que la recién aprobada reforma a la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión fuera utilizada como una herramienta de espionaje estatal.
“Es falso, es mentira… el gobierno no va a espiar a nadie, como nos espiaron a nosotros”, enfatizó Sheinbaum, al referirse a su experiencia personal como candidata en la Ciudad de México. Reafirmó que las comunicaciones privadas son inviolables, según lo establece la Constitución, y solo se permite intervención mediante orden judicial, excepto en casos excepcionales como secuestro o desaparición.
Por su parte, el titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), José Antonio Peña Merino, aclaró que el artículo bajo acusación –el 182 del dictamen actual (antiguo 189)– no introduce nada nuevo. Algo que ya estaba en vigor desde 2014, cuando fue aprobado durante la administración de Enrique Peña Nieto. La reforma, además, no faculta al órgano regulador ni al gobierno federal para acceder de forma indiscriminada a datos personales, dijo.
¿Qué permite realmente la reforma?
El meollo del reclamo opositor radica en la obligación, para operadores de telecomunicaciones, de colaborar con autoridades de seguridad y procuración de justicia, previo mandamiento judicial, para intervenir comunicaciones o geolocalizar teléfonos vinculados a investigaciones. Peña Merino agregó que dicha colaboración está regulada tanto por la Constitución —artículo 16— como por el Código Nacional de Procedimientos Penales. En una aclaración a la narrativa contraria, subrayó que se trata de “mandamiento escrito, fundado y motivado de la autoridad competente”.

Censura: mito o mecanismo de control ciudadano
Otra de las acusaciones recurrentes vincula la ley con una posible censura estatal. Tanto Sheinbaum como Merino lo desmintieron. La reforma en realidad restituye los derechos de las audiencias, permitiéndoles presentar quejas por discriminación, publicidad engañosa, violaciones a la igualdad de género o contenidos inapropiados para menores. No implica, recalcaron, que el Estado pueda censurar o bloquear plataformas digitales. Al contrario, se trata de mecanismos de transparencia y participación ciudadana.
Este punto es clave, pues originalmente el proyecto contemplaba facultades mucho más amplias para la ATDT, incluyendo bloqueo o suspensión temporal de servicios digitales. Sin embargo, Sheinbaum suspendió ese artículo en abril, invitó a un debate público y definió que la ley debía excluir cualquier ambigüedad susceptible a interpretación represiva.
Contexto político y preocupaciones ciudadanas
No se puede entender esta disputa sin reconocer el clima político que atraviesa el país. En el mismo paquete legislativo también se aprobaron, o están en proceso, otras normas de seguridad, inteligencia, lavados de dinero, Guardia Nacional, entre otras . Algunas de estas leyes han sido criticadas por permitir el acceso a bases de datos públicas y privadas sin orden judicial, especialmente en materia biométrica. El temor a un estado de vigilancia había permeado amplios sectores ciudadanos y autoridades de derechos digitales.
En este escenario, insistir en que la reforma en telecomunicaciones no introduce vigilancia masiva ni censura resulta parte de una estrategia preventiva para evitar mala interpretación en el paquete legislativo en curso.
Implicaciones futuras y recomendaciones
Quienes advierten riesgo real comprueban, sin embargo, que las leyes de seguridad más amplias sí han levantado la alerta. Aun cuando la reforma en telecomunicaciones —según sus defensores— fue depurada, resta analizar a detalle los artículos pendientes en materia de seguridad e inteligencia, para asegurar un equilibrio entre prevención del delito y protección de derechos fundamentales.
Además, la reforma crea a la ATDT, que toma el lugar del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). Su institucionalidad, autonomía y composición serán determinantes para que no se convierta en un instrumento regulador con sesgos políticos.
La reforma a la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión 2025, según el Ejecutivo federal, no crea una “Ley Espía” ni habilita censura estatal. Las disposiciones sobre intervención de comunicaciones y geolocalización permanecen idénticas a la legislación de 2014 y solo operan bajo orden judicial. Sin embargo, el contexto de reformas simultáneas en seguridad e inteligencia exige una vigilancia activa de la sociedad civil, para asegurar que no se erosionen elecciones, privacidad y libertad de expresión en un marco legal que parece cada vez más amplio y con menos barreras.












