Cambia la edad de jubilación en México

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En México la fecha oficial para jubilarse es a los 65 años de edad; sin embargo, debes tener en cuenta que hay múltiples factores y requisitos que determinan la realización del trámite.

Las leyes mexicanas destacan que en la actualidad las personas que pueden iniciar su trámite de jubilación para contar con un buen retiro laboral que los ayude a subsistir económicamente deberán tener entre 60 y 65 años, así como una cantidad de años laborados y semanas cotizadas específica, a continuación te compartimos las diversas formas que existen para hacerlo en el IMSS e ISSSTE, así como sus requisitos.

¿Cuáles son las formas de jubilación en México por el ISSSTE?

1.-Décimo transitorio

Este tipo de régimen esta dirigido a los trabajadores que eligieron mantenerse en el régimen modificado del ISSSTE y se encontraban activos a la entrada de la nueva Ley del ISSSTE 2007. Se calcula de acuerdo con el tiempo de servicio y la edad del trabajador.

  • Jubilación: para el 2024 y 2025, los hombres deben tener 30 años de servicio y mínimo 58 años de edad, mientras que las mujeres 28 años de servicio y 56 años de edad.

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  • Por edad o tiempo de servicio: esta dirigida a los hombres y mujeres con al menos 15 años de servicio y 60 años de edad, a quienes les corresponderá una pensión con un porcentaje del sueldo básico disfrutado en el año inmediato a la fecha de la baja del trabajador (a partir del 50%) y se determinará por los años de servicio.

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  • Pensión por Cesantía en Edad Avanzada: se otorga a trabajadores que queden privados de trabajo después de los 65 años de edad, con una cotización mínima de diez años. Ésta se incrementa un año hasta llegar a los 70 años de edad.

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¿Cuáles son las formas de jubilarse por el IMSS?

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) explica en su página de internet oficial que los trabajadores que cumplieron de 60 a 65 años de edad, tienen dos opciones, de acuerdo con el año de inicio de cotización. Si comenzaron antes del 1° de julio de 1997, te regularás por la Ley del 73.  Si iniciaste después de esa fecha, tendrás que observar la Ley del 97.

  • Ley 73 por Vejez: la edad mínima para obtenerla es tener 65 años al momento de solicitarla y haber causado baja en el Régimen Obligatorio del IMSS, haber cotizado un mínimo de 500 semanas y monto otorgado será equivalente al promedio de las últimas 250 semanas cotizadas.
  • Ley 73 por Cesantía en Edad Avanzada y Vejez: la edad mínima para obtenerla es de 60 a 64 años de edad y que se hayan quedado sin trabajo. El porcentaje de la pensión se designará de acuerdo con la edad en que se tramite:

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